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Abogados especializados en acuerdos de accionistas en Fort Lauderdale, Florida

En el bufete de abogados Portalatin Business Law Firm ayudamos a los copropietarios de Fort Lauderdale a plasmar por escrito sus condiciones de propiedad mientras la sociedad aún goza de buena salud. Desde abril de 2017, prestamos nuestros servicios a empresas del sur de Florida.

Un acuerdo de socios es un contrato privado entre los copropietarios de una sociedad. En él se establece quién es propietario de qué, quién toma las decisiones y qué ocurre si un propietario fallece, se divorcia, queda incapacitado o desea abandonar la sociedad. Suele incluir condiciones de compraventa, es decir, las normas que regulan cuándo y a qué precio se compran las participaciones de un propietario. Los propietarios de sociedades de responsabilidad limitada (LLC) obtienen las mismas protecciones a través de un acuerdo operativo.

Muchas empresas de Broward comienzan con un apretón de manos y una plantilla de constitución en línea. Ese texto estándar rara vez especifica cómo valorar la empresa o cómo resolver un empate al 50 %, una situación de empate en la votación sin salida. A falta de condiciones claras, las normas por defecto de Florida —y, en ocasiones, un tribunal— cubren las lagunas.

Revisamos lo que ya tiene y lo reforzamos como parte de la estructuración y la gestión de su empresa. 

Por qué trabajar con el bufete de abogados Portalatin Business Law Firm, en Fort Lauderdale

Protección antes de que surjan los problemas

Redactamos cláusulas de compraventa, de empasse y de sucesión antes de que un comprador, un inversor o un desacuerdo obliguen a abordar la cuestión. Este mismo enfoque determina la forma en que se redactan los contratos comerciales en toda su empresa.

Soluciones adaptadas a sus objetivos empresariales

Las condiciones se adaptan al funcionamiento actual de la empresa y a su trayectoria futura.

«Rising Star» de Super Lawyers

La abogada fundadora, Jessica Portalatin, ha sido nombrada «Rising Star» todos los años desde 2022.

Valorada por sus colegas y en regla

Otros abogados le otorgan una puntuación de 4,9 sobre 5,0 en Martindale-Hubbell por sus conocimientos jurídicos, su capacidad de comunicación y su criterio. Es miembro de pleno derecho del Colegio de Abogados de Florida.

Un socio a largo plazo

Los acuerdos pueden revisarse y actualizarse a medida que los propietarios se incorporen, se retiren o incorporen a inversores.

Lo que dicen los clientes sobre el bufete «Portalatin Business Law Firm» en Fort Lauderdale

«Jessica incluso me sugirió una medida de protección adicional a la que no sabía que tenía derecho». Lynn T.

«Respondió a todas mis preguntas y me dio unos consejos maravillosos… sobre cómo proceder de aquí en adelante». Christina V.

«Me sentí realmente ayudada y comprendida… fue genuinamente compasiva y empática». Zaira V.

«Su equipo es minucioso, increíblemente atento y siempre profesional». Shawn N.

Nuestros servicios de redacción de acuerdos de socios en Fort Lauderdale

  • Redacción de acuerdos de accionistas
  • Cláusulas de compraventa
  • Cláusulas de restricción de transferencia
  • Condiciones relativas al derecho de tanteo
  • Diseño de fórmulas de valoración
  • Derechos de arrastre y de acompañamiento
  • Disposiciones para la resolución de situaciones de bloqueo
  • Condiciones relativas al voto y al control del consejo de administración
  • Revisión de los acuerdos existentes
  • Modificaciones y actualizaciones de los acuerdos

¿Cuál es la diferencia entre un acuerdo de accionistas, unos estatutos y un acuerdo de funcionamiento de una sociedad de responsabilidad limitada (LLC)?

Los estatutos establecen las normas y formalidades internas de una sociedad anónima, mientras que un acuerdo de accionistas es un contrato privado sobre las obligaciones recíprocas de los propietarios. Un acuerdo de funcionamiento cumple ambas funciones en el caso de una sociedad de responsabilidad limitada (LLC), por lo que los propietarios de una LLC utilizan uno en lugar de un acuerdo de accionistas y de los estatutos.

  • Estatutos: reuniones, directivos, consejeros y procedimientos de votación con arreglo a la Ley de Sociedades Mercantiles de Florida, capítulo 607.
  • Acuerdo de accionistas: transferencias de participaciones, adquisiciones, control de voto y cómo se resuelven los empates.
  • Acuerdo operativo: el contrato que rige a los socios conforme a la Ley Revisada de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Florida, capítulo 605.

Una cláusula de compraventa establece quién adquiere la participación de un socio saliente y a qué precio. La empresa puede recomprarla (rescate), o los socios pueden comprársela entre sí (compra cruzada), a menudo financiada mediante un seguro de vida.

¿Son exigibles en Florida las cláusulas de no competencia y de no captación incluidas en un acuerdo de accionistas?

Sí, en la mayoría de los casos. El artículo 542.335 de los Estatutos de Florida hace exigibles las cláusulas de no competencia y de no captación que estén por escrito, firmadas por el socio al que vinculan y vinculadas a un interés comercial legítimo, como por ejemplo:

  • Secretos comerciales e información confidencial sobre precios o proveedores
  • Relaciones sustanciales con clientes específicos
  • Fondo de comercio vinculado a una zona comercial concreta
  • Formación especializada impartida por la empresa

La restricción también debe ser razonable en cuanto a duración, ámbito geográfico y alcance. Cuando la cláusula se aplica a un copropietario que vende sus participaciones, la legislación de Florida considera que una restricción de tres años o menos es razonable, mientras que una de más de siete años no lo es.

Nuestro proceso de acuerdo de accionistas para copropietarios de Fort Lauderdale

1. Revisión de los objetivos y la estructura de propiedad

Comenzamos con una reunión confidencial con uno de los propietarios o con todos ellos para determinar qué es lo más urgente y cuáles son las principales preocupaciones de cada socio. Confirmamos quién es propietario de qué, quién toma las decisiones y qué es lo que cada socio desea proteger.

2. Revisión de documentos y de la entidad

Analizamos sus estatutos, reglamentos o acuerdo de funcionamiento, así como la tabla de capitalización (el registro de quién posee qué acciones o participaciones).  

3. Identificación de lagunas y riesgos

Señalamos aquellos casos en los que las normas por defecto de Florida para sociedades anónimas (Capítulo 607) o sociedades de responsabilidad limitada (LLC, Capítulo 605) prevalecerían sobre la voluntad de los propietarios. Entre las lagunas más comunes se incluyen la ausencia de un precio de compra, la falta de un procedimiento en caso de bloqueo y la ausencia de cláusulas de activación en caso de fallecimiento, incapacidad o divorcio.

4. Redacción o revisión de las condiciones

Redactamos las condiciones de compraventa, los límites de transferencia, las normas de votación y los pasos de sucesión en un lenguaje sencillo y neutral.

5. Negociación entre los propietarios

Las reuniones conjuntas estructuradas garantizan que el debate se centre en un compromiso viable. Los socios que se encuentren en el extranjero pueden participar por videoconferencia.

6. Firma y registro

Los propietarios firman mediante firma electrónica desde cualquier lugar, y el acuerdo definitivo se archiva junto con los registros de su empresa.

7. Revisiones periódicas futuras

Establecemos revisiones periódicas para evaluar el crecimiento, la incorporación de nuevos inversores o los cambios en la estructura de propiedad, de modo que las condiciones se adapten a la evolución del negocio.

Preguntas frecuentes sobre los acuerdos de accionistas

¿Es un acuerdo de accionistas lo mismo que un acuerdo operativo si nuestra empresa de Fort Lauderdale es una S.L. en lugar de una sociedad anónima?

Ambos cumplen funciones similares, pero para entidades diferentes.

¿Qué ocurre con las participaciones de mi socio en Florida si fallece o se divorcia y nunca hemos firmado un acuerdo de compraventa?

Sin una cláusula de compraventa, sus participaciones pueden pasar a su patrimonio o a sus herederos, y en caso de divorcio, un tribunal de Florida podría considerarlas como bienes gananciales.

Utilizamos una plantilla de constitución en línea cuando empezamos. ¿Se puede modificar en lugar de empezar de cero?

Sí. Revisamos los estatutos, el reglamento interno o el acuerdo operativo existentes y reforzamos lo que ya figura en ellos, añadiendo en ocasiones elementos que faltan, como protecciones para los secretos comerciales compartidos entre los propietarios.

¿Cómo pueden dos socios con una participación del 50 % cada uno salir de un punto muerto cuando ninguno de los dos tiene el voto decisivo?

Un buen acuerdo establece de antemano el mecanismo de desempate, como la mediación o una cláusula de compra obligatoria.

¿Sigue siendo vinculante el acuerdo para alguien que adquiera participaciones posteriormente o que las herede?

Las restricciones de transferencia son vinculantes para los titulares posteriores cuando se indican debidamente en los certificados de acciones o cuando el nuevo propietario tiene conocimiento de ellas. Los compradores también deben firmar anexos al acuerdo para quedar explícitamente sujetos al documento existente.

¿Puede un copropietario que resida en Brasil o en Colombia poseer acciones de nuestra sociedad de tipo «S»?

Por lo general, no. Los extranjeros no residentes no pueden ser accionistas de una sociedad S, y una sola transferencia no válida puede poner fin a la condición de sociedad S.

¿Qué significan los derechos de «drag-along» y «tag-along» si un comprador desea adquirir nuestra empresa?

El derecho de arrastre permite a los propietarios mayoritarios exigir a los propietarios minoritarios que se sumen a una venta aprobada. El derecho de acompañamiento permite a los propietarios minoritarios incluirse en una venta aprobada de las acciones de la sociedad.

Recursos locales en Fort Lauderdale para acuerdos de accionistas 

  • Juzgado
    del condado de Broward: el principal juzgado civil donde se tramitan los litigios y las presentaciones relacionadas con empresas a nivel de los tribunales estatales.
  • División
    de Registros del condado de Broward: se encarga de conservar los documentos oficiales del condado, incluidos los instrumentos mercantiles registrados y los documentos corporativos presentados.
  • Departamento de Estado de Florida, División de Sociedades
    : oficina estatal que registra y mantiene los registros de las entidades empresariales de Florida, incluidas las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada (LLC).
  • Oficina
    de Recaudación de Impuestos Empresariales del condado de Broward: expide las licencias profesionales locales necesarias para las empresas que operan en el condado.
  • Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Sur de Florida (División de Fort Lauderdale)
    : tribunal federal con una división local que se ocupa de asuntos que implican cuestiones federales o partes de diversa procedencia.
  • Secretario Judicial
    del condado de Broward: tramita la presentación de demandas civiles, mantiene los registros judiciales y facilita el acceso público a la información de los expedientes.
  • Cámara de Comercio
    del Gran Fort Lauderdale: Organización empresarial local que pone en contacto a emprendedores y empresas consolidadas de toda la región.
  • Oficina
    de Desarrollo Económico del Condado de Broward: organismo del condado que apoya la creación, la expansión y la inversión de empresas en toda la economía local.

Establezca sus condiciones de propiedad con un abogado especializado en acuerdos de accionistas de Fort Lauderdale

Ponga por escrito las condiciones de propiedad mientras usted y su socio aún estén de acuerdo en ellas. 

La primera reunión nos brinda la oportunidad de averiguar qué es lo más urgente y cuáles son sus principales preocupaciones.

Llámenos para concertar una cita telefónica con el fin de revisar sus documentos actuales y establecer condiciones claras de compraventa, resolución de empates y sucesión para su empresa de Fort Lauderdale.